SaldoTécnico de IVA


Fecha de actualización:07/06/2016
Objetivos
Promover desde el Estado Nacional la producción de bienes de capital, facilitando el recupero del saldo técnico de IVA acumulado para los fabricantes locales de dichos productos.
Beneficio
Beneficios Impositivos
El Régimen está orientado a fabricantes locales de los productos señalados, quienes podrán acceder al recupero del saldo técnico acumulado, originado por la reducción del 21% al 10,5% en la alícuota de I.V.A. sobre las ventas internas (así establecido por el Decreto 493/2001), ello en relación a la alícuota aplicada sobre las compras de sus insumos, partes y piezas destinadas a la fabricación de dichos bienes (generalmente del 21% y/o 27%).

Beneficiarios
Sector Privado
Tamaño de la empresa:
Grande, Mediana, Pequeña, Micro, PyME
Forma jurídica:
Unipersonal, Cooperativa, Sociedad colectiva, Comanditaria, SRL, S.A.

El Régimen está orientado a los fabricantes de los bienes comprendidos en la planilla anexa al inciso e) del cuarto párrafo del Art. 28 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (incorporado como Anexo al Decreto 493/2001)
Temática
Bienes de capital
Alcance
Sectores Económicos:

Industria Manufacturera
:
-Fabricación de maquinaria

-Fabricación de equipos automotores

-Fabricación de equipo de transporte

Las posiciones arancelarias beneficiadas se encuentran en la Planilla Anexa al inciso e) del Art. 28, de la Ley de IVA, incorporada al Decreto 493/2001
Provincias:
El instrumento se encuentra dirigido a todas las provincias
Actividades específicas / Convocatorias / Requerimientos
Para acceder las Empresas deben inscribirse en el Registro de Fabricantes de los bienes comprendidos en la planilla anexa al inc e) del 4° párrafo del Art. 28 de la Ley de I.V.A., creado por la Resolución SI Nº 72/2001, que opera en la órbita de la Dirección de Aplicación de la Política Industrial perteneciente a la Dirección Nacional de Industria, dependiente de la Subsecretaría de Industria.
Una vez cumplidos los requisitos solicitados se emite un certificado por parte de la Autoridad de Aplicación, que sirve como constancia de inscripción para la Empresa, ello le permite presentar las correspondientes actualizaciones de datos por períodos de ventas ante este organismo. De esta forma, se habilitará la posibilidad de acceder al recupero efectivo mediante devolución, compensación, acreditación o transferencia a terceros del saldo técnico ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). En virtud de ello, es importante aclarar que la Secretaría de Industria no concede directamente ningún beneficio.
Cabe destacar también entre otras cosas que la firma debe estar inscripta ante el Registro Industrial de la Nación.
Fechas
Fecha de inicio: 11/08/2001
Organismo de aplicación
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
Los otorgamientos no se pueden realizar en forma conjunta ( más de un beneficiario en un mismo proyecto )
Datos de Contacto del Programa
Nombre: Juan Manuel
Apellido: Espora
Domicilio: Av. Julio Argentino Roca 651
Localidad: CABA
Código postal: C1067ABB
Provincia: Capital Federal
Teléfono: 01143493617
Teléfono alternativo: 0114344326
E-mail:
Normativa y otros datos
Normas marco y modificatorias :
Decreto 493/2001
Decreto 733/2001
Decreto 496/2001
Resolución 72/2001
Resolución 188/2004
Resolución 148/2005